Estimad@ comerciante:

El Ayuntamiento de Alboraya, sensible a la situación que atraviesan las PYMES y autónomos de nuestro municipio, ha aprobado las Bases Reguladoras de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas destinadas al pequeño comercio dado de alta en el municipio con el fin de hacer frente a los efectos originados por el coronavirus COVID-19.

En el momento de la declaración del Estado de Alarma, se adoptaron medidas extraordinarias de carácter temporal para contener y prevenir el COVID-19 y reducir el impacto que estaba produciendo en nuestra sociedad. Mediante R.D. 463/2020, se aprobaron, las 'Medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración, y otras adicionales'.

Consciente de los perjuicios que esto ha ocasionado a los pequeños comerciantes de Alboraya, el Ayuntamiento  ha destinado 100.000,00 euros para estas ayudas, y así minimizar las tasas municipales por ocupación de via pública por terrazas y veladores así como la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos.

 

A. TASA POR OCUPACIÓN DE LA VIA PÚBLICA POR TERRAZAS Y VELADORES

Esta ayuda se ha estructurado en dos fases:

1 - Se ha aplicado a todos los recibos una reducción de un 19,26% sobre la tasa por ocupación de via pública por terrazas y veladores correspondiente al número de días en que no pudo ejercerse la actividad por el Estado de Alarma y  cuyo descuento ya está reflejado  en el importe a pagar de los mismos.

2 - Se ha establecido una línea de ayudas que debe solicitar cada comerciante. Estas ayudas se suman a la anterior y  completarán el 100% del importe del recibo, hasta un máximo de 1.000 euros.

 

Para solicitar esta segunda ayuda, deberá presentar el modelo de documento habilitado para ello que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alboraya.  Plazo presentación del 3 al 16 de noviembre de 2020.

 

B. TASA RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Esta ayuda está destinada únicamente al pequeño comercio y  supone el 100% del importe de la tasa.

Para solicitar esta ayuda, deberá presentar el modelo de documento habilitado para ello que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alboraya tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

La ayuda para esta tasa NO ES COMPATIBLE con la ayuda para terrazas. Sólo podrá solicitarse una de ellas.

 

Las bases reguladoras de la convocatoria y el modelo de solicitud destinado específicamente para ello, estarán disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alboraya (sede.alboraya.es) una vez sean publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

Miguel Chavarría Díaz
Alcalde
ALBORAYA, ENTRE TODOS Y TODAS, ES MÁS